El Pulso Laboral

Lunes 25 mayo 2015

02:30 pm

Seguridad Social

El error que el IMSS nunca perdona

Por: Redacción/El Pulso Laboral

La obligación de asegurar a los trabajadores para que tengan acceso a servicios médicos no debe ser subestimada por los patrones. Cuando un patrón contrata a un trabajador debe afiliarlo de inmediato al Seguro Social para que él, así como su familia, reciban los beneficios de salud y económicos que les corresponden.

Es práctica común que las empresas no registren a sus trabajadores ante el IMSS hasta que les dan la llamada "planta", que, en el mejor de los casos, ocurre después de tres meses de su contratación. Esta usanza ¡es muy peligrosa!

Si un "empleado no afiliado" se accidentara, dentro de la compañía o bien en el recorrido a su casa o viceversa, y acudiera a una clínica del Seguro Social para su atención, deberá recibir, sin obstáculo alguno, el servicio requerido al proporcionar todos los datos de su patrón, pues, precisamente, es este último, quien pagará todos los gastos que se generen por los servicios médicos (a esto se le conoce en el medio laboral como capital constitutivo).

La cantidad que se le debe cubrir al IMSS por los servicios prestados se integra, entre otros aspectos, por la atención médica, de hospitalización; medicinas, estudios clínicos y material de curación utilizados por el Instituto para atender al accidentado hasta su recuperación, asi como el tiempo que estuvo imposibilitado para laborar, porque en ese lapso recibirá los llamados "subsidios de incapacidad", cuya base diaria de cálculo es el 100% del último salario comunicado a ese organismo.

Este escenario suele empeorar para el patrón, si el Seguro Social le otorga al siniestrado una pensión por incapacidad permanente, parcial o total si no logró recuperarse; o una de viudez u orfandad a su esposa e hijos, cuando muere, ya que también tendrá que cubrir estos beneficios.

Lo anterior es así, porque el Seguro Social, para atender a una "persona no asegurada", desvía recursos que tiene destinados para la protección de sus derechohabientes; lo cual le crea un perjuicio a la institución y al propio trabajador.

Para dimensionar un poco lo aquí expresado es conveniente citar algunos de los costos manejados actualmente por el IMSS en atención de urgencia: en una clínica familiar, 499 pesos; en un hospital regional, 1,008 pesos, y en uno de alta especialidad (por ejemplo, el Siglo XXI), 2,587 pesos. Cuando se trata de hospitalización en un nosocomio regional o de especialidades, el costo diario es de 7,256 pesos, mientras que en terapia intensiva asciende a 34,509 pesos diarios.

No es de extrañar que la industria de la construcción sea de las actividades empresariales más afectadas con este tipo de cargas por su alta siniestralidad, y que el panorama sea grave para las micro y pequeñas empresas, ya que podría dejarlas fuera del mercado.

En diversas ejecutorias, la Suprema Corte ha concluido que no se trasgreden los principios de seguridad y certeza jurídica que ampara nuestra constitución, por lo tanto, la actuación del IMSS en estos supuestos es calificada como ajustada a derecho. Ello bajo el entendido de que para efectos de que se dé la subrogación señalada en la ley del IMSS, se debió haber presentado el aviso respectivo.

A pesar de ello, las empresas siguen jugando a la ruleta rusa en esLos lemas; se recomienda presentar los avisos de inscripción del personal el día hábil anterior a aquél en el que empiecen a laborar, pues aun cuando, por disposición legal, tengan cinco días hábiles para hacerlo, si un empleado sufre un riesgo de trabajo con antelación a su afiliación, el Seguro Social les fincará el capital constitutivo respectivo; adeudo que deberá cubrirse en un plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente a su recepción.

Finalmente, este riesgo también se actualiza cuando el patrón afilia a sus empleados con un salario inferior al real percibido, costumbre también arraigada en el empresariado. ¡Así que cuando se trata de inscribir a los trabajadores hay que ser transparente y oportuno!... ¡Ni hablar! //Expansión

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