El Pulso Laboral

Lunes 25 mayo 2015

02:30 pm

Seguridad Social

El proceso para determinar tu pensión

Por: / El Pulso Laboral

El primer punto consiste en tener claro bajo qué régimen te encuentras registrada o registrado: si empezaste a trabajar formalmente antes del 1 de julio de 1997, entonces, a menos que hayas elegido voluntariamente pasarte al régimen del 97, tu pensión se te pagará bajo la ley de 1973. Esto quiere decir que, al momento de jubilarte, deberás tener un mínimo de 60 años y contar con al menos 500 semanas cotizadas (un poco menos de 10 años). Tu pensión se calculará con base en tu salario promedio de los últimos cinco años y será pagada por el gobierno federal. Además, tendrás derecho a cobrar, en una sola exhibición, los recursos que se encuentren en tu subcuenta de retiro 97, retiro 92 y vivienda 92, además de las aportaciones voluntarias que hayas realizado. El resto de los recursos en tu afore pasará a manos del IMSS y se utilizará para pagar parte de tu pensión.

Si, por el contrario, empezaste a cotizar en el IMSS después del 1 de julio de 1997, los requisitos para tener una pensión serán distintos. Al momento de jubilarte, deberás tener al menos 60 años, tener derechos vigentes y haber cotizado un mínimo de 1,250 semanas (24 años en total). Podrás decidir si los recursos de las subcuentas de retiro 92 y vivienda 92, y el monto de las aportaciones voluntarias que hayas realizado, se pagan en una sola exhibición al momento de jubilarte o si se suman a la subcuenta de retiro 97 y se utilizan para pagar tu pensión. El IMSS será el encargado de determinar que cumplas con las condiciones para obtener una pensión y te otorgará ya sea una resolución o una negativa de pensión. En caso de obtener resolución de pensión, existen tres posibilidades:

1. Contratar una renta vitalicia con una aseguradora. Los recursos disponibles en tu afore se entregan a una aseguradora de tu elección (en su momento, el IMSS te indicará las opciones que existan para ello). Esta aseguradora realizará un cálculo en función de tus ahorros y te garantizará una pensión mensual por el resto de tu vida.

2. Realizar retiros programados. Si eliges esta opción, tu afore se encargará de entregar tu pensión. El monto que se entregue se determina en función de tu saldo y un cálculo de expectativa de vida. En este caso, una vez que se agoten los recursos de la afore, dejarás de recibir tu pensión. En caso de fallecimiento antes de agotar los recursos, éstos serán heredables.

3. Pensión mínima garantizada. En caso de cumplir con las semanas de cotización y la edad mínima para retirarse y que los recursos acumulados no sean suficientes para contratar una renta vitalicia o retiros programados, el estado otorgará una pensión mínima equivalente a 1 salario mínimo, actualizado por inflación anualmente.

Si, por el contrario, el IMSS resuelve con una negativa de pensión, entonces podrás cobrar todos los recursos de tu afore al momento de cumplir el requisito de edad. Si tienes dudas sobre tu afore, escríbenos a @Amafore_Mx en twitter. Podemos ayudarte.

Para obtener mayor información sobre el sistema de pensiones visite la página de Internet: www.amafore.org /El Economista