El Pulso Laboral

Lunes 25 mayo 2015

02:30 pm

Mundo Laboral y RR.HH.

Incumplir nuevas reglas del home office puede costar hasta $448,000 en multas

Por: Factor Capital Humano

La reforma de teletrabajo no consideró cambios en el esquema de sanciones económicas. Sin embargo, especialistas advierten que el incumplimiento de las nuevas disposiciones legales para esta modalidad puede implicar multas con base en los criterios ya establecidos en la legislación.

En primera instancia, la modificación a la Ley Federal del Trabajo (LFT) con la cual se regula el home office, la cual está vigente en nuestro país desde esta semana, establece que se considerará como teletrabajo cuando la persona trabajadora labore más del 40% de su tiempo en un domicilio distinto al establecimiento del patrón.

Las nuevas disposiciones contemplan obligaciones para los patrones como otorgar las herramientas de trabajo necesarias para laborar desde casa (equipos de cómputo, impresoras, sillas ergonómicas), pagar los servicios de telecomunicaciones y una parte proporcional del consumo de luz, respetar la desconexión digital y garantizar la reversibilidad de la modalidad, entre otras.

“No existe una regulación específica de las sanciones con respecto al teletrabajo. Hasta que no haya un parámetro específico, responde a las sanciones generales de las inspecciones de trabajo”, explica Carlos Ferrán Martínez, socio director de la firma Ferrán Martínez Abogados.

En ese sentido, el especialista subraya que en materia de multas, la nueva normatividad de ligará a las sanciones económicas ya previstas en la LFT.

Por su parte, Ricardo Landero, director de la firma Landero Asociados, considera que además de las sanciones económicas, el incumplimiento de las nuevas reglas puede tener implicaciones legales como rescisión de la relación de trabajo por causa imputable al patrón.

“¿Qué pasa si no le das al trabajador las herramientas? Puedes incurrir en una causal de incumplimiento y el trabajador puede demandar la rescisión sin responsabilidad. Ese es uno de los riesgos que pueden haber”, comenta el abogado laboralista.

De esta manera, ambos especialistas consideran que, el incumplimiento de algunas disposiciones podría sancionarse de la siguiente manera:

» 1. No respetar la desconexión digital

Uno de los grandes cambios de la reforma de teletrabajo es el derecho a la desconexión digital después de la jornada laboral. El incumplimiento de esta obligación podría equivaler a una multa de entre 4,481 y 22,405 pesos, con base en la fracción uno del artículo 994 de la LFT que sanciona la violación a la duración máxima de la jornada de trabajo.

» 2. No respetar el día de descanso

En la misma línea con la desconexión digital, molestar al teletrabajador en su día de descanso y período vacacional puede representar una multa de entre 4,481 y 22,405 pesos, con base en la fracción uno del artículo 994 de la LFT.

» 3. Teletrabajo no reversible

El teletrabajo, además de ser voluntario, es una modalidad reversible, significa que el trabajador puede decidir en cualquier momento regresar a un esquema presencial. Si el empleador se niega a garantizar este derecho, la multa puede oscilar entre 4,481 y 448,100 pesos con base en el artículo 1002 de la LFT, mediante el cual se sancionan las violaciones a las normas de trabajo que no están expresamente señaladas.

Ricardo Landero puntualiza que una empresa puede recibir más de una sanción económica, dependiendo el número de faltas cometidas.

Criterios para determinar sanciones

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, para fijar el monto de las sanciones económicas, las cuales son impuestas por las autoridades después de detectar incumplimientos mediante una inspección, se consideran cinco criterios:

  • El carácter intencional o no de la acción
  • La gravedad de la infracción
  • Los daños producidos por la omisión
  • La capacidad económica de la empresa
  • La reincidencia del infractor

Desde la perspectiva de Carlos Ferrán, la vinculación de los incumplimientos en materia de teletrabajo con el esquema actual de sanciones aún está sujeto a la interpretación legal.

Ambos especialistas enfatizan la importancia de establecer las condiciones del teletrabajo en un contrato para protección tanto de los trabajadores como de las empresas.///Factor Capital Humano

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