El Pulso Laboral

Lunes 25 mayo 2015

02:30 pm

Mundo Laboral y RR.HH.

Licencia laboral para cuidar a hijos con cáncer desde esta semana

Por: Redacción/El Pulso Laboral

Los padres y madres trabajadores que tengan hijos menores de 16 años de edad con cáncer podrán a partir de esta semana solicitar licencias para cuidar de ellos después de recibir tratamiento.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó este martes en el Diario Oficial de la Federación el decreto de reforma a las leyes Federal del Trabajo, del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) para incorporar esta nueva licencia dentro de los derechos laborales.

El beneficio es para madres o padres trabajadores asegurados por el IMSS o el ISSSTE, cuyos hijos de hasta 16 años hayan sido diagnosticados con cáncer de cualquier tipo. La licencia les permitirá ausentarse de sus labores en caso de que los menores requieran descanso médico en los periodos críticos del tratamiento u hospitalización, de acuerdo con la prescripción médica.

Los padres podrán solicitar licencias de hasta 28 días continuos. En un período máximo de tres años, podrán expedirse tantas licencias como sean necesarias, mientras no excedan 364 días.

De acuerdo con datos del IMSS, el cáncer infantil es la causa número uno de muerte entre niños de 5 a 14 años de edad en México. Se estima que en el país hay más de 23,000 familias con un caso de cáncer infantil en sus hogares y cada año se suman 5,000 familias más.

La Comisión de Presupuesto de la Cámara de Diputados estima que la reforma tendrá un impacto presupuestal de 242 millones de pesos anuales y beneficiará a 9,498 padres y madres trabajadores.

Exigencia médica

Por protocolo médico, los hospitales de tercer nivel con mayor número de atenciones de pacientes oncológicos en el país exigen que uno de los padres acompañe a su hijo –menor de edad– dentro del hospital durante el suministro de quimioterapias, radiaciones, intervenciones quirúrgicas o internamiento.

Lo anterior, debido a que tanto el cáncer como sus tratamientos, debilitan al sistema inmunológico y tienen mayores probabilidades de desarrollar infecciones. Por ello, la presencia de los padres es necesaria en caso de tomar decisiones urgentes. Un ciclo de quimioterapia para tratar la leucemia, por ejemplo, requiere de cinco días de internamiento mínimo.

La reforma promulgada establece que la licencia únicamente podrá otorgarse a petición de parte, ya sea al padre o madre que tenga a su cargo el ejercicio de la patria potestad, la guardia y custodia del menor. En ningún caso se otorgará a ambos padres.

La licencia podría perderse en los siguientes casos:

  1. Cuando el menor no requiera de hospitalización o de reposo médico en los períodos críticos del tratamiento
  2. Si el menor fallece
  3. Cuando el menor cumpla 16 años
  4. Si el padre es contratado por otro patrón

La reforma fue avalada por unanimidad en la Cámara de Diputados y en el Senado de la República y en ella se especifica que el costo de su implementación “no impactara de forma alguna las cuotas obrero-patronales recabadas”, por lo que tendrá que ser financiada cada año con recursos del Presupuesto de Egresos de la Federación. //Factor Humano 

también te puede interesar