El Pulso Laboral

Lunes 25 mayo 2015

02:30 pm

Mundo Laboral y RR.HH.

El aguinaldo, una prestación amparada por la ley

Por: Redacción/ El Pulso Laboral

En estas fechas la mayoría de los personas que laboran deben recibir su aguinaldo, la ley estable ce que la fecha límite es el 20 de diciembre -aunque en algunos casos se acuerda dar una parte y la restante a inicios del otro año-, en el caso de los trabajadores del Estado, pueden percibirlo hasta el 20 de enero. 

El aguinaldo es una cantidad de dinero que la figura de empleador o patrón debe dar a las personas que trabajan en una empresa y hayan laborado el año completo o sólo una parte de éste, según lo establecido en la Ley Federal del Trabajo. Es decir, todos los trabajadores que cuenten con un contrato activo, ya sea de base, de confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra, por tiempo determinado o por períodos eventuales-, tienen el derecho a recibir esta remuneración. 

La ley establece que se deben pagar 15 días de salario -sin incluir las prestaciones- como mínimo, pero esto aplica para aquellos que hayan cumplido un año como empleados en el mismo lugar; en el caso de los que llevan menos tiempo, el patrón debe pagar la parte proporcional al periodo laborado. En un esquema de honorarios no hay derecho a aguinaldo, pero hay una excepción para quienes tienen un sólo patrón o reciben instrucciones de un superior inmediato, cumplen con un horario de trabajo de ocho horas diarias y cuentan con un espacio fijo de trabajo dentro de la empresa, en ese caso, deben recibirlo. 

En el caso de los trabajadores domésticos también tienen derecho a exigir el pago de un aguinaldo. /Diario de México

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