El Pulso Laboral

Lunes 25 mayo 2015

02:30 pm

Mundo Laboral y RR.HH.

T-MEC adelantará proceso en política laboral de México: especialista

Por: Redacción /Pulso Laboral

La celebración del Tratado entre México, Estados Unidos Canadá (T-MEC) adelantará significativamente el proceso del convenio de libertad sindical ratificado por el Senado mexicano, para concluir incluso antes de que termine 2018, estimó la firma Baker McKenzie.

El socio del grupo de práctica Laboral y Compensaciones Baker McKenzie México, Salvador Pasquel, refirió que el 20 de septiembre de 2018 el Senado de la República ratificó el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

En términos de este convenio, México adoptó obligaciones para asegurar el ejercicio de la libertad sindical y negociación colectiva en sentido de que éstas no sean motivo para obtener o perder un empleo. Señaló que todo parecía indicar que en al menos en un año entraría en vigor una reforma profunda a la Ley Federal del Trabajo (LFT), pero con la celebración del T-MEC este proceso podría concluir antes de que termine este año. Refirió que el Capítulo Laboral del T-MEC reconoce los compromisos adquiridos por los tres países en el marco de la Declaración de Principios y Derechos Fundamentales de la OIT, como son: la libertad de asociación y el reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva.

Asimismo, la eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio; la abolición efectiva del trabajo infantil, y la eliminación de la discriminación en todas sus formas. En particular, apuntó, en el tema de libertad de asociación y el reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva, el Anexo 23 A del T-MEC establece obligaciones específicas para México, lo que da mayor claridad sobre cómo se modificará su legislación laboral. Pasquel señaló que la LFT deberá establecer el derecho de los trabajadores de involucrarse en actividades para la negociación o protección colectiva y de organizar, formar o unirse al sindicato de su preferencia.

También prohibir la dominación o interferencia de los patrones en las actividades sindicales, al igual que prohibir la discriminación o coerción contra los trabajadores por apoyos sindicales o por su negativa a unirse al sindicato debidamente reconocido. Además, establecer los siguientes requisitos para el registro inicial de un contrato colectivo de trabajo: Que el lugar de trabajo se encuentre en operaciones; que los trabajadores tengan acceso a dicho contrato, y que la mayoría de los trabajadores cubiertos por dicho contrato hayan mostrado su apoyo mediante el voto personal, libre y secreto.

Indicó que la LFT deberá comprobar el apoyo mayoritario para futuras revisiones (salario / condiciones generales de trabajo) de todos los contratos colectivos de trabajo existentes, mediante el voto personal, libre y secreto. Los contratos colectivos de trabajo existentes deberán ser revisados al menos una vez durante los cuatro años siguientes a la entrada en vigor de la legislación, lo que no implicará la terminación de ningún contrato existente, siempre y cuando se demuestre que existe el apoyo de la mayoría de los trabadores.

Mencionó que los contratos colectivos de trabajo y los documentos relacionados al sindicato deberán mantenerse disponibles y accesibles a todos los trabajadores cubiertos por dichos contratos, conforme a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información.

El especialista de Baker McKenzie México mencionó que también deben contar con un sitio web centralizado con todos los contratos colectivos de trabajo en vigor, mismo que será administrado por la unidad independiente. Refirió que los países signatarios del T-MEC esperan que México efectúe las modificaciones necesarias a su legislación antes del 1 de enero de 2019, siendo que la entrada en vigor del tratado comercial podrá ser retrasada hasta la entrada en vigor de dicha legislación./ 20 minutos

también te puede interesar